Ley Orgánica de la Administración Pública

 Ley Orgánica de la Administración Pública Gaceta Oficial N° 37.305, (2001) 


Texto de artículo 140 y 148 

Establece los principios y bases que rigen la organización y el funcionamiento de la Administración Pública Nacional. También regula los compromisos de gestión, los mecanismos para promover la participación y el control sobre las políticas y resultados públicos; y establece las normas básicas sobre los archivos y registros, junto a la incorporación de nuevas tecnologías

Análisis en torno a la Administración Tributaria

Las TIC constituyen una valiosa herramienta de eficiencia administrativa, y su implementación plena en la Administración Pública venezolana contribuirá notablemente a superar graves deficiencias que se padecen en muchas de las relaciones administrativas que el propio Estado impone como obligatorias a sus ciudadanos. Estas deficiencias se manifiestan muchas veces en una insuficiencia en la debida atención al ciudadano, produciéndose demoras y masivas conglomeraciones en las instalaciones físicas de atención administrativas, cuya Respuesta por parte de la Administración, en la mayoría de las veces consiste en el establecimiento de restricciones al acceso, horarios reducidos, e incluso imponiendo cuotas de número de ciudadanos atendidos por día, articulado mediante el reparto diario del conocido mecanismo de “números” que se entregan para poder acceder y declarar algunos tributos en calendarios especiales, luego en horario de oficina al órgano Administrativo respectivo. Males que las TIC permiten superar a un costo muy bajo. Lo cual impacta de manera positiva en el derecho de petición del ciudadano.



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